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Legislación, Normativa y Políticas
Accede al marco legal y normativo que regula los procesos de cobranza previsional del SUCC y a nuestras políticas institucionales.
Nosotros
¿Tienes dudas?
Revisa las preguntas frecuentes o consulta a las instituciones participantes del SUCC.
Marco Jurídico
Legislación y Normativa
El SUCC opera bajo un marco jurídico sólido que establece con claridad las obligaciones de cada actor del sistema previsional. A continuación se presentan los principales cuerpos normativos que rigen su funcionamiento, junto con las políticas institucionales vigentes.
Crea un nuevo sistema mixto de pensiones – promulgada el 26 de marzo de 2025
Establece el marco legal de la reforma previsional chilena. Crea el Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC), define el rol de las AFP, IPS (FAAP) y la TGR en el proceso de cobranza, e incorpora el Seguro Social Previsional. Además, introduce modificaciones al Decreto Ley N.º 3.500 de 1980.
Norma de Carácter General – Superintendencia de Pensiones · 2025
Norma que regula la implementación y el funcionamiento del nuevo Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC), detallando los plazos legales y los mecanismos tecnológicos necesarios para coordinar el acceso a la información de entidades participantes del proceso de recaudación y cobranza previsional, haciendo más eficiente la recuperación de los recursos adeudados que son de propiedad de las personas afiliadas al sistema.
Sistema de Pensiones de Capitalización Individual · Modificado por Ley N° 21.735 (2025)
Es la norma fundacional del sistema de AFP en Chile (1980). La Ley N° 21.735 introduce modificaciones significativas en los artículos relativos a cotizaciones, declaración y pago, y procedimientos de cobranza, para integrarlos con el nuevo SUCC.
Seguridad y Privacidad
Políticas Institucionales
Garantizamos el correcto tratamiento de la información y la seguridad de las transacciones entre los diferentes actores integrados.
privacidad
Protección de Datos Personales
El SUCC trata los datos de empleadores y trabajadores conforme a la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada. La información previsional es confidencial y sólo es compartida entre las instituciones participantes para los fines exclusivos del proceso de cobranza.
Ciberseguridad
Seguridad de la Información
El intercambio de información entre AFP, IPS, TGR y los sistemas judiciales se realiza a través de canales seguros, con cifrado de datos y control de acceso por roles, conforme a los marcos de ciberseguridad del Estado chileno.